Portada
MI LIBRO · 2011
El Sexenio 2004-2010
Derechos y Sobernía ciudadana: VIIIª y IXª legislaturas de las Cortes Generales españolas
Ricardo Trigo Calonge
PORTADA DE EL MUNDO Martes, 23 de junio de 2026
Análisis
Un Poder Judicial fracturado inicia la causa contra Peinado por el juicio a Begoña Gómez
EL CGPJ ANTE EL CASO PEINADO: CUANDO LA INSTITUCIÓN ECLIPSA AL AUTO La decisión de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de remitir al Promotor de la Acción Disciplinaria las manifestaciones contenidas en el último auto del juez Juan Carlos Peinado desencadena una polémica que trasciende el propio contenido de ese auto. La votación terminó empatada y únicamente salió adelante gracias al voto de calidad de la presidenta del Tribunal Supremo y del CGPJ, Isabel Perelló. Independientemente de la posición personal que pueda suscitar la figura del juez instructor, el resultado pone de manifiesto una división profunda en el máximo órgano de gobierno de los jueces. El asunto merece reflexión. Nadie puede dudar de que es legítimo discrepar del razonamiento del magistrado cuando sugirió que los escoltas policiales de Begoña Gómez podrían facilitar una eventual fuga. También es legítimo considerar que tales afirmaciones exceden la prudencia que debe presidir una resolución judicial. Sin embargo, el fondo del asunto es otro: ¿corresponde al CGPJ valorar disciplinariamente afirmaciones contenidas en una resolución judicial antes de que los tribunales competentes se pronuncien sobre ellas mediante los recursos ordinarios previstos por la ley? Los vocales discrepantes sostuvieron precisamente esa idea: corresponde a la Audiencia Provincial pronunciarse sobre una resolución susceptible de apelación. Su argumento descansa sobre un principio clásico del Estado de Derecho — la independencia judicial exige que los errores jurídicos se corrijan mediante recursos y no mediante expedientes disciplinarios. La corrección o incorrección de la motivación contenida en el auto debe ser revisada por los órganos judiciales superiores, no por la vía sancionadora. Quienes apoyaron la remisión al Promotor de la Acción Disciplinaria consideraron, en cambio, que determinadas expresiones constituyen una falta grave de consideración hacia las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y que, por esa razón, la cuestión trasciende el plano estrictamente jurisdiccional. Ambas posiciones tienen amparo jurídico. Precisamente por ello resulta tan significativa la división producida, y tan revelador que solo pudiera resolverse mediante el voto de calidad de la presidenta. Lo preocupante para la salud institucional no es que existan discrepancias jurídicas entre los vocales. Lo preocupante es la creciente percepción de que cada decisión relevante del Consejo acaba interpretándose en clave de bloques ideológicos. La fractura producida en este caso no ha pasado desapercibida: muchos ciudadanos perciben que la actuación del órgano no responde a criterios técnicos unitarios, sino que refleja la misma polarización que atraviesa el conjunto de la vida política española. El problema, en definitiva, no es solo el auto de Peinado. Es que cualquier actuación relacionada con procedimientos que afectan al entorno del Gobierno termina proyectando una sombra de sospecha sobre quienes intervienen, ya sean jueces, fiscales, vocales del Consejo o responsables políticos. Y esa sombra se alarga cuando las reacciones públicas de los propios responsables institucionales contribuyen a agitar el conflicto en lugar de preservar la serenidad que su posición exige. En una democracia consolidada, la confianza institucional es un activo esencial que se construye con décadas de decisiones coherentes y se erosiona con rapidez cuando los órganos constitucionales aparecen constantemente asociados a alineamientos previsibles. El caso Peinado acabará resolviéndose por las vías jurídicas correspondientes. Pero queda pendiente una pregunta más difícil: quién reparará la imagen de un Consejo General del Poder Judicial partido en dos ante uno de los asuntos políticamente más sensibles de los últimos años. Porque las resoluciones judiciales pueden ser recurridas. La erosión de la confianza institucional, no.
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Un Poder Judicial fracturado inicia la causa contra Peinado por el juicio a Begoña Gómez

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EL CGPJ ANTE EL CASO PEINADO: CUANDO LA INSTITUCIÓN ECLIPSA AL AUTO

La decisión de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de remitir al Promotor de la Acción Disciplinaria las manifestaciones contenidas en el último auto del juez Juan Carlos Peinado desencadena una polémica que trasciende el propio contenido de ese auto.

La votación terminó empatada y únicamente salió adelante gracias al voto de calidad de la presidenta del Tribunal Supremo y del CGPJ, Isabel Perelló. Independientemente de la posición personal que pueda suscitar la figura del juez instructor, el resultado pone de manifiesto una división profunda en el máximo órgano de gobierno de los jueces.

El asunto merece reflexión.

Nadie puede dudar de que es legítimo discrepar del razonamiento del magistrado cuando sugirió que los escoltas policiales de Begoña Gómez podrían facilitar una eventual fuga. También es legítimo considerar que tales afirmaciones exceden la prudencia que debe presidir una resolución judicial.

Sin embargo, el fondo del asunto es otro: ¿corresponde al CGPJ valorar disciplinariamente afirmaciones contenidas en una resolución judicial antes de que los tribunales competentes se pronuncien sobre ellas mediante los recursos ordinarios previstos por la ley?

Los vocales discrepantes sostuvieron precisamente esa idea: corresponde a la Audiencia Provincial pronunciarse sobre una resolución susceptible de apelación. Su argumento descansa sobre un principio clásico del Estado de Derecho — la independencia judicial exige que los errores jurídicos se corrijan mediante recursos y no mediante expedientes disciplinarios. La corrección o incorrección de la motivación contenida en el auto debe ser revisada por los órganos judiciales superiores, no por la vía sancionadora.

Quienes apoyaron la remisión al Promotor de la Acción Disciplinaria consideraron, en cambio, que determinadas expresiones constituyen una falta grave de consideración hacia las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y que, por esa razón, la cuestión trasciende el plano estrictamente jurisdiccional.

Ambas posiciones tienen amparo jurídico. Precisamente por ello resulta tan significativa la división producida, y tan revelador que solo pudiera resolverse mediante el voto de calidad de la presidenta.

Lo preocupante para la salud institucional no es que existan discrepancias jurídicas entre los vocales. Lo preocupante es la creciente percepción de que cada decisión relevante del Consejo acaba interpretándose en clave de bloques ideológicos. La fractura producida en este caso no ha pasado desapercibida: muchos ciudadanos perciben que la actuación del órgano no responde a criterios técnicos unitarios, sino que refleja la misma polarización que atraviesa el conjunto de la vida política española.

El problema, en definitiva, no es solo el auto de Peinado. Es que cualquier actuación relacionada con procedimientos que afectan al entorno del Gobierno termina proyectando una sombra de sospecha sobre quienes intervienen, ya sean jueces, fiscales, vocales del Consejo o responsables políticos. Y esa sombra se alarga cuando las reacciones públicas de los propios responsables institucionales contribuyen a agitar el conflicto en lugar de preservar la serenidad que su posición exige.

En una democracia consolidada, la confianza institucional es un activo esencial que se construye con décadas de decisiones coherentes y se erosiona con rapidez cuando los órganos constitucionales aparecen constantemente asociados a alineamientos previsibles.

El caso Peinado acabará resolviéndose por las vías jurídicas correspondientes. Pero queda pendiente una pregunta más difícil: quién reparará la imagen de un Consejo General del Poder Judicial partido en dos ante uno de los asuntos políticamente más sensibles de los últimos años.

Porque las resoluciones judiciales pueden ser recurridas. La erosión de la confianza institucional, no.

PORTADA DE EL CORREO Martes, 23 de junio de 2026
Análisis
La dura condena a Ábalos sacude a un PSOE sometido a un calvario de causas judiciales
SENTENCIA FIRME Y RESPONSABILIDAD POLÍTICA ELUDIDA La reciente sentencia del Tribunal Supremo que condena al exministro José Luis Ábalos a 24 años y 3 meses de prisión y a su colaborador más estrecho, Koldo García, a 19 años y 8 meses, constituye uno de los episodios más graves de corrupción política conocidos en España en las últimas décadas. No estamos ante cargos secundarios ni ante personas alejadas de los centros de decisión. José Luis Ábalos fue ministro, secretario de Organización del PSOE y una de las figuras políticas más relevantes en la etapa que condujo a Pedro Sánchez a la Presidencia del Gobierno. Koldo García fue su asesor de máxima confianza y hombre de absoluta proximidad política. Resulta igualmente llamativo el tratamiento que ha recibido la condena de Víctor de Aldama. Nadie puede sostener seriamente que la sentencia le absuelva o le exonere de responsabilidad. El tribunal también le considera partícipe de conductas delictivas y le impone una pena relevante. Sin embargo, buena parte de la reacción política se ha concentrado en destacar los beneficios obtenidos por su colaboración con la Justicia, como si ese fuese el elemento central de la resolución judicial. La consecuencia es que el debate termina girando alrededor del colaborador de la trama y no de quienes, desde posiciones de responsabilidad pública, han sido condenados a penas extraordinariamente severas. La colaboración con la Justicia es una institución plenamente legítima en un Estado de Derecho. Precisamente porque permite esclarecer hechos, identificar responsables y desarticular organizaciones criminales. Si esa colaboración ha sido considerada suficiente por el tribunal para modular la pena, la discusión jurídica queda resuelta en la propia sentencia. La cuestión política relevante no es por qué Aldama colaboró, sino qué revela esa colaboración acerca del funcionamiento de una trama que, según la resolución judicial, alcanzó a personas que ocuparon algunos de los cargos más importantes de la estructura política e institucional del momento. La sentencia acredita una trama de corrupción vinculada al ejercicio del poder público y a la utilización de posiciones institucionales para obtener beneficios particulares. Corresponde a los tribunales determinar las responsabilidades penales, y corresponde a todos respetar sus decisiones. Pero las responsabilidades políticas y morales son una cuestión diferente y no desaparecen porque la condena recaiga sobre personas concretas. Es significativo que parte del debate público se haya centrado casi exclusivamente en la situación procesal de Víctor de Aldama y en los beneficios derivados de su colaboración con la Justicia, mientras se presta mucha menos atención a la extraordinaria gravedad de las condenas impuestas a quienes ocuparon responsabilidades públicas de primer nivel. Una democracia madura no puede limitarse a celebrar que los mecanismos judiciales funcionen. También debe preguntarse cómo fue posible que personas que llegaron a ocupar posiciones tan relevantes pudieran desarrollar las conductas que ahora han sido sancionadas penalmente. La presunción de inocencia debe seguir amparando a quienes todavía se encuentran inmersos en otros procedimientos judiciales en curso. Nadie debe ser condenado anticipadamente en el terreno político o mediático. Sin embargo, también es legítimo que los ciudadanos exijan explicaciones políticas cuando quienes resultan condenados formaron parte esencial del núcleo dirigente de un proyecto de gobierno. Y es igualmente legítimo exigirlas a todas las formaciones políticas que, con su apoyo parlamentario, hicieron posible ese proyecto y hoy guardan silencio sobre los mecanismos internos que permitieron el ascenso de quienes han terminado siendo condenados por sentencia judicial. La cuestión central no es únicamente qué hicieron los condenados. La cuestión es si las organizaciones políticas concernidas están dispuestas a realizar una reflexión profunda sobre sus sistemas de control interno, sus criterios de selección de dirigentes y su disposición real a asumir responsabilidades, o si por el contrario pretenden dar carpetazo al asunto como si nada de relevancia institucional hubiera ocurrido. La lucha contra la corrupción no puede depender de la ideología. Debe exigirse con la misma firmeza a la izquierda, al centro o a la derecha. Cuando la corrupción aparece, lo verdaderamente importante no es proteger siglas ni gobiernos, sino preservar la confianza de los ciudadanos en las instituciones. Las sentencias pueden cerrar procedimientos judiciales. Lo que no deberían cerrar es el debate democrático sobre la ejemplaridad pública, la responsabilidad política y la calidad de nuestro Estado de Derecho.
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La dura condena a Ábalos sacude a un PSOE sometido a un calvario de causas judiciales

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SENTENCIA FIRME Y RESPONSABILIDAD POLÍTICA ELUDIDA

La reciente sentencia del Tribunal Supremo que condena al exministro José Luis Ábalos a 24 años y 3 meses de prisión y a su colaborador más estrecho, Koldo García, a 19 años y 8 meses, constituye uno de los episodios más graves de corrupción política conocidos en España en las últimas décadas.

No estamos ante cargos secundarios ni ante personas alejadas de los centros de decisión. José Luis Ábalos fue ministro, secretario de Organización del PSOE y una de las figuras políticas más relevantes en la etapa que condujo a Pedro Sánchez a la Presidencia del Gobierno. Koldo García fue su asesor de máxima confianza y hombre de absoluta proximidad política.

Resulta igualmente llamativo el tratamiento que ha recibido la condena de Víctor de Aldama. Nadie puede sostener seriamente que la sentencia le absuelva o le exonere de responsabilidad. El tribunal también le considera partícipe de conductas delictivas y le impone una pena relevante.

Sin embargo, buena parte de la reacción política se ha concentrado en destacar los beneficios obtenidos por su colaboración con la Justicia, como si ese fuese el elemento central de la resolución judicial. La consecuencia es que el debate termina girando alrededor del colaborador de la trama y no de quienes, desde posiciones de responsabilidad pública, han sido condenados a penas extraordinariamente severas.

La colaboración con la Justicia es una institución plenamente legítima en un Estado de Derecho. Precisamente porque permite esclarecer hechos, identificar responsables y desarticular organizaciones criminales. Si esa colaboración ha sido considerada suficiente por el tribunal para modular la pena, la discusión jurídica queda resuelta en la propia sentencia.

La cuestión política relevante no es por qué Aldama colaboró, sino qué revela esa colaboración acerca del funcionamiento de una trama que, según la resolución judicial, alcanzó a personas que ocuparon algunos de los cargos más importantes de la estructura política e institucional del momento.

La sentencia acredita una trama de corrupción vinculada al ejercicio del poder público y a la utilización de posiciones institucionales para obtener beneficios particulares. Corresponde a los tribunales determinar las responsabilidades penales, y corresponde a todos respetar sus decisiones. Pero las responsabilidades políticas y morales son una cuestión diferente y no desaparecen porque la condena recaiga sobre personas concretas.

Es significativo que parte del debate público se haya centrado casi exclusivamente en la situación procesal de Víctor de Aldama y en los beneficios derivados de su colaboración con la Justicia, mientras se presta mucha menos atención a la extraordinaria gravedad de las condenas impuestas a quienes ocuparon responsabilidades públicas de primer nivel.

Una democracia madura no puede limitarse a celebrar que los mecanismos judiciales funcionen. También debe preguntarse cómo fue posible que personas que llegaron a ocupar posiciones tan relevantes pudieran desarrollar las conductas que ahora han sido sancionadas penalmente.

La presunción de inocencia debe seguir amparando a quienes todavía se encuentran inmersos en otros procedimientos judiciales en curso. Nadie debe ser condenado anticipadamente en el terreno político o mediático. Sin embargo, también es legítimo que los ciudadanos exijan explicaciones políticas cuando quienes resultan condenados formaron parte esencial del núcleo dirigente de un proyecto de gobierno. Y es igualmente legítimo exigirlas a todas las formaciones políticas que, con su apoyo parlamentario, hicieron posible ese proyecto y hoy guardan silencio sobre los mecanismos internos que permitieron el ascenso de quienes han terminado siendo condenados por sentencia judicial.

La cuestión central no es únicamente qué hicieron los condenados. La cuestión es si las organizaciones políticas concernidas están dispuestas a realizar una reflexión profunda sobre sus sistemas de control interno, sus criterios de selección de dirigentes y su disposición real a asumir responsabilidades, o si por el contrario pretenden dar carpetazo al asunto como si nada de relevancia institucional hubiera ocurrido.

La lucha contra la corrupción no puede depender de la ideología. Debe exigirse con la misma firmeza a la izquierda, al centro o a la derecha. Cuando la corrupción aparece, lo verdaderamente importante no es proteger siglas ni gobiernos, sino preservar la confianza de los ciudadanos en las instituciones. Las sentencias pueden cerrar procedimientos judiciales. Lo que no deberían cerrar es el debate democrático sobre la ejemplaridad pública, la responsabilidad política y la calidad de nuestro Estado de Derecho.

PORTADA DE LA VANGUARDIA Martes, 23 de junio de 2026
Análisis
Zapatero niega cobros por el rescate de Plus Ultra
  ¿El PSOE secuestrado o el PSOE de siempre? La tesis del partido víctima exige demostrar algo muy difícil: que lo que vemos hoy es una excepción. Un análisis escrito hace quince años lo pone seriamente en duda. «Zapatero niega cobros por el rescate de Plus Ultra». El titular, cuya relevancia jurídica dependerá de lo que determinen las investigaciones y, en su caso, los tribunales, no sería especialmente extraordinario si no fuera por el nombre al que afecta. Cuando las sospechas o investigaciones comienzan a aproximarse a quienes ocuparon las más altas responsabilidades del Estado, el debate deja de girar únicamente en torno a conductas individuales y pasa a plantear una cuestión más profunda: la naturaleza del sistema político que las hizo posibles. En el entorno socialista parece abrirse paso una respuesta preventiva ante la acumulación de escándalos, investigaciones y sospechas que afectan al partido. La tesis sostiene que una trama de intereses ajenos a los valores históricos del PSOE habría colonizado progresivamente sus estructuras, convirtiendo a la organización en víctima de una especie de secuestro interno. La ventaja política de esta explicación es evidente: permite separar la identidad histórica del partido de los comportamientos que hoy deterioran su imagen pública. Si el problema son determinadas personas, bastaría con apartarlas para restaurar la credibilidad de la organización. Sin embargo, la teoría exige una demostración compleja. Para sostener que el PSOE ha sido secuestrado es necesario acreditar que existió previamente un PSOE sustancialmente distinto, inmune a los problemas que hoy se denuncian. La historia reciente no parece facilitar esa conclusión. Los GAL fueron financiados con fondos reservados durante un gobierno socialista. Filesa articuló un sistema de financiación ilegal vinculado al PSOE. Los ERE de Andalucía desviaron durante años recursos públicos destinados a trabajadores afectados por procesos de reestructuración empresarial. Ninguno de estos episodios pertenece a la etapa política actual ni guarda relación con sus protagonistas inmediatos. Lo que sí comparten es su vinculación con el mismo partido político. Más aún, la idea de que los escándalos responden siempre a elementos extraños o infiltrados tampoco resulta novedosa. Tras cada gran crisis política existe la tentación de presentar los hechos como desviaciones individuales, errores aislados o anomalías pasajeras. Sin embargo, cuando los episodios se repiten durante décadas y bajo liderazgos distintos, la cuestión deja de ser quiénes son los responsables concretos y pasa a ser si existe un problema estructural que trasciende a las personas. Ahora bien, entre la tesis del partido secuestrado y la tesis del partido inmutable existe una tercera posibilidad, probablemente más cercana a la realidad. Puede que el PSOE no haya sido colonizado por una fuerza extraña a su tradición política, pero tampoco que todas sus etapas sean equivalentes. Es posible que determinados problemas históricos —clientelismo, ocupación partidista de instituciones, escasa autocrítica interna o identificación creciente entre partido y Estado— hayan estado presentes durante décadas y que, lejos de corregirse, se hayan agravado progresivamente bajo distintos liderazgos. Pero la discusión no debería limitarse a los casos de corrupción. Existe una segunda cuestión, menos llamativa mediáticamente, aunque posiblemente más relevante para la salud institucional de una democracia: la calidad del ejercicio del poder. Ya en 2011 publiqué El Sexenio 2004-2010. Derecho y Soberanía Ciudadana, un análisis de las legislaturas desarrolladas bajo la presidencia de José Luis Rodríguez Zapatero. En aquella obra se sostenía que la profunda crisis interna sufrida por el PSOE a comienzos de la década anterior había favorecido el ascenso de una nueva generación de dirigentes caracterizada por una insuficiente experiencia política y un limitado bagaje intelectual para afrontar los desafíos institucionales del país. El resultado, según aquel análisis, fue una producción normativa frecuentemente orientada por criterios ideológicos antes que por principios de calidad legislativa, seguridad jurídica o respeto al equilibrio constitucional. Esta cuestión es importante porque conviene no confundir planos distintos. La corrupción constituye un problema ético y jurídico. La degradación institucional constituye un problema político y democrático. Son fenómenos diferentes, pero pueden compartir un mismo origen: una determinada cultura de poder que acaba subordinando las instituciones a los intereses partidistas. La relevancia de Zapatero en este debate no depende de lo que puedan concluir las investigaciones actuales. Depende de un hecho mucho más simple: muchas de las críticas institucionales que hoy se formulan contra el socialismo gobernante ya fueron planteadas durante sus años de gobierno. Por ello, incluso si ninguna investigación llegara a afectar personalmente al expresidente, seguiría siendo difícil sostener que todos los problemas del PSOE nacieron con la dirección actual o que responden exclusivamente a una infiltración reciente. La cuestión de fondo es más amplia que cualquier procedimiento judicial concreto. Se trata de determinar si el PSOE, cuando ejerce el poder, mantiene una relación coherente con los valores constitucionales que proclama o si, por el contrario, tiende a instrumentalizarlos en función de sus objetivos ideológicos y electorales. Esa pregunta no nació con la crisis actual. Lleva formulándose desde hace años. La pregunta decisiva sigue siendo la misma: ¿estamos ante una excepción o ante una continuidad histórica? Tal vez la respuesta correcta sea incómoda para todos. Quizá los problemas no nacieron ayer, pero tampoco permanecieron inalterados. Quizá exista una continuidad de fondo y, al mismo tiempo, una intensificación progresiva de determinadas prácticas y dinámicas de poder. En ese caso, la crisis actual no sería una anomalía ni una simple repetición del pasado. Sería la culminación de una evolución largamente incubada. La consecuencia política es importante. Un partido que ha sido secuestrado puede recuperar fácilmente su identidad original mediante una regeneración interna. Pero si los problemas responden a patrones que se repiten bajo distintos liderazgos, en distintas épocas y ante circunstancias diferentes, la solución exige algo mucho más difícil: una revisión crítica de la propia cultura política de la organización. Y esa autocrítica, al menos por ahora, parece ausente. Ningún relato de emergencia puede sustituirla.
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Zapatero niega cobros por el rescate de Plus Ultra

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¿El PSOE secuestrado o el PSOE de siempre?

La tesis del partido víctima exige demostrar algo muy difícil: que lo que vemos hoy es una excepción. Un análisis escrito hace quince años lo pone seriamente en duda.

«Zapatero niega cobros por el rescate de Plus Ultra». El titular, cuya relevancia jurídica dependerá de lo que determinen las investigaciones y, en su caso, los tribunales, no sería especialmente extraordinario si no fuera por el nombre al que afecta. Cuando las sospechas o investigaciones comienzan a aproximarse a quienes ocuparon las más altas responsabilidades del Estado, el debate deja de girar únicamente en torno a conductas individuales y pasa a plantear una cuestión más profunda: la naturaleza del sistema político que las hizo posibles.

En el entorno socialista parece abrirse paso una respuesta preventiva ante la acumulación de escándalos, investigaciones y sospechas que afectan al partido. La tesis sostiene que una trama de intereses ajenos a los valores históricos del PSOE habría colonizado progresivamente sus estructuras, convirtiendo a la organización en víctima de una especie de secuestro interno. La ventaja política de esta explicación es evidente: permite separar la identidad histórica del partido de los comportamientos que hoy deterioran su imagen pública. Si el problema son determinadas personas, bastaría con apartarlas para restaurar la credibilidad de la organización.

Sin embargo, la teoría exige una demostración compleja. Para sostener que el PSOE ha sido secuestrado es necesario acreditar que existió previamente un PSOE sustancialmente distinto, inmune a los problemas que hoy se denuncian.

La historia reciente no parece facilitar esa conclusión. Los GAL fueron financiados con fondos reservados durante un gobierno socialista. Filesa articuló un sistema de financiación ilegal vinculado al PSOE. Los ERE de Andalucía desviaron durante años recursos públicos destinados a trabajadores afectados por procesos de reestructuración empresarial. Ninguno de estos episodios pertenece a la etapa política actual ni guarda relación con sus protagonistas inmediatos. Lo que sí comparten es su vinculación con el mismo partido político.

Más aún, la idea de que los escándalos responden siempre a elementos extraños o infiltrados tampoco resulta novedosa. Tras cada gran crisis política existe la tentación de presentar los hechos como desviaciones individuales, errores aislados o anomalías pasajeras. Sin embargo, cuando los episodios se repiten durante décadas y bajo liderazgos distintos, la cuestión deja de ser quiénes son los responsables concretos y pasa a ser si existe un problema estructural que trasciende a las personas.

Ahora bien, entre la tesis del partido secuestrado y la tesis del partido inmutable existe una tercera posibilidad, probablemente más cercana a la realidad. Puede que el PSOE no haya sido colonizado por una fuerza extraña a su tradición política, pero tampoco que todas sus etapas sean equivalentes. Es posible que determinados problemas históricos —clientelismo, ocupación partidista de instituciones, escasa autocrítica interna o identificación creciente entre partido y Estado— hayan estado presentes durante décadas y que, lejos de corregirse, se hayan agravado progresivamente bajo distintos liderazgos.

Pero la discusión no debería limitarse a los casos de corrupción. Existe una segunda cuestión, menos llamativa mediáticamente, aunque posiblemente más relevante para la salud institucional de una democracia: la calidad del ejercicio del poder.

Ya en 2011 publiqué El Sexenio 2004-2010. Derecho y Soberanía Ciudadana, un análisis de las legislaturas desarrolladas bajo la presidencia de José Luis Rodríguez Zapatero. En aquella obra se sostenía que la profunda crisis interna sufrida por el PSOE a comienzos de la década anterior había favorecido el ascenso de una nueva generación de dirigentes caracterizada por una insuficiente experiencia política y un limitado bagaje intelectual para afrontar los desafíos institucionales del país. El resultado, según aquel análisis, fue una producción normativa frecuentemente orientada por criterios ideológicos antes que por principios de calidad legislativa, seguridad jurídica o respeto al equilibrio constitucional.

Esta cuestión es importante porque conviene no confundir planos distintos. La corrupción constituye un problema ético y jurídico. La degradación institucional constituye un problema político y democrático. Son fenómenos diferentes, pero pueden compartir un mismo origen: una determinada cultura de poder que acaba subordinando las instituciones a los intereses partidistas.

La relevancia de Zapatero en este debate no depende de lo que puedan concluir las investigaciones actuales. Depende de un hecho mucho más simple: muchas de las críticas institucionales que hoy se formulan contra el socialismo gobernante ya fueron planteadas durante sus años de gobierno. Por ello, incluso si ninguna investigación llegara a afectar personalmente al expresidente, seguiría siendo difícil sostener que todos los problemas del PSOE nacieron con la dirección actual o que responden exclusivamente a una infiltración reciente.

La cuestión de fondo es más amplia que cualquier procedimiento judicial concreto. Se trata de determinar si el PSOE, cuando ejerce el poder, mantiene una relación coherente con los valores constitucionales que proclama o si, por el contrario, tiende a instrumentalizarlos en función de sus objetivos ideológicos y electorales. Esa pregunta no nació con la crisis actual. Lleva formulándose desde hace años.

La pregunta decisiva sigue siendo la misma: ¿estamos ante una excepción o ante una continuidad histórica?

Tal vez la respuesta correcta sea incómoda para todos. Quizá los problemas no nacieron ayer, pero tampoco permanecieron inalterados. Quizá exista una continuidad de fondo y, al mismo tiempo, una intensificación progresiva de determinadas prácticas y dinámicas de poder. En ese caso, la crisis actual no sería una anomalía ni una simple repetición del pasado. Sería la culminación de una evolución largamente incubada.

La consecuencia política es importante. Un partido que ha sido secuestrado puede recuperar fácilmente su identidad original mediante una regeneración interna. Pero si los problemas responden a patrones que se repiten bajo distintos liderazgos, en distintas épocas y ante circunstancias diferentes, la solución exige algo mucho más difícil: una revisión crítica de la propia cultura política de la organización.

Y esa autocrítica, al menos por ahora, parece ausente.

Ningún relato de emergencia puede sustituirla.

PORTADA DE LA RAZÓN Martes, 23 de junio de 2026
Análisis
PSOE y SUMAR vetan que el Congreso disuelva las Cortes y pida elecciones anticipadas
Cuando la legalidad ya no basta El rechazo por parte de la Mesa del Congreso a las enmiendas presentadas por el PP y Juntos —que pretendían instar al presidente del Gobierno a disolver las Cortes y convocar elecciones anticipadas— ha sido presentado por algunos medios como una victoria parlamentaria del PSOE y SUMAR frente a la oposición. Conviene precisar que ambas enmiendas se habían incorporado a una moción del PP sobre la situación del Ejecutivo, y que la iniciativa, de haber prosperado, no habría tenido efectos jurídicos vinculantes: la convocatoria de elecciones es una facultad constitucionalmente reservada en exclusiva al presidente del Gobierno. Desde el plano técnico-reglamentario, la decisión de la Mesa tiene su explicación. Sin embargo, limitar el debate a ese plano supone ignorar el verdadero problema político que subyace. La cuestión no es si las enmiendas eran jurídicamente procedentes. La cuestión es por qué una parte cada vez más amplia de la sociedad percibe que el Gobierno atraviesa una crisis de legitimidad política que trasciende la mera aritmética parlamentaria. Y la cuestión añadida es qué dice de las propias instituciones el hecho de que la Mesa adoptara su decisión mediante una ronda telemática, sin reunión presencial y sin recabar el criterio de los servicios jurídicos de la Cámara, pese a que los representantes del PP lo solicitaron expresamente. Pedro Sánchez llegó a la presidencia del Gobierno mediante mecanismos que se tildan de constitucionales. Nadie puede discutir seriamente ese extremo. Sin embargo, también es cierto que ni en 2019 ni en 2023 obtuvo una victoria electoral comparable a la que tradicionalmente legitimaba a los grandes partidos para gobernar en solitario. Su permanencia en el poder ha dependido de complejas alianzas parlamentarias con fuerzas nacionalistas e independentistas cuyos intereses políticos son difícilmente compatibles con la idea de un modelo constitucional de convivencia compartido. La presunta legalidad de esos acuerdos no elimina las dudas políticas que generan. El ciudadano observa cómo cuestiones que durante años fueron presentadas como inaceptables pasan a convertirse en moneda de negociación parlamentaria. La consecuencia inevitable es el deterioro de la confianza. A ello se añade un elemento especialmente grave: la sucesión constante de informaciones sobre presuntas tramas de corrupción que afectan al entorno político más próximo al Gobierno —con procedimientos judiciales abiertos que el tiempo irá resolviendo— . Conviene recordar que en un Estado de Derecho la culpabilidad corresponde determinarla exclusivamente a los tribunales. Sin embargo, la responsabilidad política opera en un plano distinto. No exige condenas firmes; exige ejemplaridad, transparencia y capacidad para preservar la confianza pública. La opacidad en la gestión, con independencia de que exista o no delito, erosiona por sí sola esa confianza. El problema de ciertas democracias contemporáneas es que tienden a confundir legitimidad jurídica con legitimidad política. Un gobierno puede ser perfectamente legal y, al mismo tiempo, encontrarse en una situación de creciente desgaste moral ante la opinión pública. Cuando esto ocurre, la respuesta no puede consistir únicamente en invocar los reglamentos o las mayorías parlamentarias. Las instituciones no existen para proteger a los gobiernos; existen para servir a los ciudadanos. Y cuando una parte significativa de la población comienza a cuestionar la credibilidad de quienes las dirigen, el problema deja de ser parlamentario para convertirse en institucional. No contribuye a despejar esa duda el hecho de que la misma Mesa que ayer vetó estas enmiendas avalara en febrero de 2025 tramitar una proposición de Juntos sobre la cuestión de confianza —para frenarla después, cuando ese partido alcanzó un acuerdo político con el Gobierno—. La asimetría de criterio es difícil de explicar desde la técnica reglamentaria. Las democracias maduras han desarrollado mecanismos precisamente para gestionar esa tensión: mociones de censura, comisiones de investigación, elecciones anticipadas, rendición de cuentas ante el Parlamento. El problema no es, por tanto, la ausencia de instrumentos. El problema es que esos instrumentos pierden eficacia cuando son percibidos por la ciudadanía como recursos tácticos antes que como genuinas herramientas de depuración de responsabilidades. La crisis de legitimidad, en su forma más grave, no es la que enfrenta a un gobierno con su oposición, sino la que enfrenta a las instituciones con la confianza que les dio origen. Quizá por eso el debate sobre las elecciones anticipadas es, en realidad, secundario. Lo verdaderamente importante es preguntarse por qué una sociedad llega a plantearse esa posibilidad. Cuando la confianza desaparece, las mayorías numéricas dejan de ser suficientes. La democracia no se sostiene exclusivamente sobre votos contados cada cuatro años. También necesita confianza, ejemplaridad y la convicción colectiva de que quienes ejercen el poder lo hacen en beneficio del interés general. Cuando esa convicción se debilita, la legalidad puede seguir intacta, pero la legitimidad comienza a erosionarse. Y ninguna democracia puede permitirse ignorar durante demasiado tiempo esa diferencia.
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PSOE y SUMAR vetan que el Congreso disuelva las Cortes y pida elecciones anticipadas

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Cuando la legalidad ya no basta

El rechazo por parte de la Mesa del Congreso a las enmiendas presentadas por el PP y Juntos —que pretendían instar al presidente del Gobierno a disolver las Cortes y convocar elecciones anticipadas— ha sido presentado por algunos medios como una victoria parlamentaria del PSOE y SUMAR frente a la oposición. Conviene precisar que ambas enmiendas se habían incorporado a una moción del PP sobre la situación del Ejecutivo, y que la iniciativa, de haber prosperado, no habría tenido efectos jurídicos vinculantes: la convocatoria de elecciones es una facultad constitucionalmente reservada en exclusiva al presidente del Gobierno. Desde el plano técnico-reglamentario, la decisión de la Mesa tiene su explicación. Sin embargo, limitar el debate a ese plano supone ignorar el verdadero problema político que subyace.

La cuestión no es si las enmiendas eran jurídicamente procedentes. La cuestión es por qué una parte cada vez más amplia de la sociedad percibe que el Gobierno atraviesa una crisis de legitimidad política que trasciende la mera aritmética parlamentaria. Y la cuestión añadida es qué dice de las propias instituciones el hecho de que la Mesa adoptara su decisión mediante una ronda telemática, sin reunión presencial y sin recabar el criterio de los servicios jurídicos de la Cámara, pese a que los representantes del PP lo solicitaron expresamente.

Pedro Sánchez llegó a la presidencia del Gobierno mediante mecanismos que se tildan de constitucionales. Nadie puede discutir seriamente ese extremo. Sin embargo, también es cierto que ni en 2019 ni en 2023 obtuvo una victoria electoral comparable a la que tradicionalmente legitimaba a los grandes partidos para gobernar en solitario. Su permanencia en el poder ha dependido de complejas alianzas parlamentarias con fuerzas nacionalistas e independentistas cuyos intereses políticos son difícilmente compatibles con la idea de un modelo constitucional de convivencia compartido.

La presunta legalidad de esos acuerdos no elimina las dudas políticas que generan. El ciudadano observa cómo cuestiones que durante años fueron presentadas como inaceptables pasan a convertirse en moneda de negociación parlamentaria. La consecuencia inevitable es el deterioro de la confianza.

A ello se añade un elemento especialmente grave: la sucesión constante de informaciones sobre presuntas tramas de corrupción que afectan al entorno político más próximo al Gobierno —con procedimientos judiciales abiertos que el tiempo irá resolviendo— . Conviene recordar que en un Estado de Derecho la culpabilidad corresponde determinarla exclusivamente a los tribunales. Sin embargo, la responsabilidad política opera en un plano distinto. No exige condenas firmes; exige ejemplaridad, transparencia y capacidad para preservar la confianza pública. La opacidad en la gestión, con independencia de que exista o no delito, erosiona por sí sola esa confianza.

El problema de ciertas democracias contemporáneas es que tienden a confundir legitimidad jurídica con legitimidad política. Un gobierno puede ser perfectamente legal y, al mismo tiempo, encontrarse en una situación de creciente desgaste moral ante la opinión pública. Cuando esto ocurre, la respuesta no puede consistir únicamente en invocar los reglamentos o las mayorías parlamentarias.

Las instituciones no existen para proteger a los gobiernos; existen para servir a los ciudadanos. Y cuando una parte significativa de la población comienza a cuestionar la credibilidad de quienes las dirigen, el problema deja de ser parlamentario para convertirse en institucional. No contribuye a despejar esa duda el hecho de que la misma Mesa que ayer vetó estas enmiendas avalara en febrero de 2025 tramitar una proposición de Juntos sobre la cuestión de confianza —para frenarla después, cuando ese partido alcanzó un acuerdo político con el Gobierno—. La asimetría de criterio es difícil de explicar desde la técnica reglamentaria.

Las democracias maduras han desarrollado mecanismos precisamente para gestionar esa tensión: mociones de censura, comisiones de investigación, elecciones anticipadas, rendición de cuentas ante el Parlamento. El problema no es, por tanto, la ausencia de instrumentos. El problema es que esos instrumentos pierden eficacia cuando son percibidos por la ciudadanía como recursos tácticos antes que como genuinas herramientas de depuración de responsabilidades. La crisis de legitimidad, en su forma más grave, no es la que enfrenta a un gobierno con su oposición, sino la que enfrenta a las instituciones con la confianza que les dio origen.

Quizá por eso el debate sobre las elecciones anticipadas es, en realidad, secundario. Lo verdaderamente importante es preguntarse por qué una sociedad llega a plantearse esa posibilidad. Cuando la confianza desaparece, las mayorías numéricas dejan de ser suficientes.

La democracia no se sostiene exclusivamente sobre votos contados cada cuatro años. También necesita confianza, ejemplaridad y la convicción colectiva de que quienes ejercen el poder lo hacen en beneficio del interés general.

Cuando esa convicción se debilita, la legalidad puede seguir intacta, pero la legitimidad comienza a erosionarse. Y ninguna democracia puede permitirse ignorar durante demasiado tiempo esa diferencia.

PORTADA DEL ABC Martes, 23 de junio de 2026
Análisis
Toda la corrupción es de Sánchez
Cuando la normalidad deja de ser democrática España atraviesa un problema que ya no es únicamente judicial, sino profundamente institucional y moral. La entrada de la UCO en la sede nacional del PSOE en Ferraz, ordenada por un juez de la Audiencia Nacional, no constituye un episodio político más. Tampoco son propias de la normalidad las múltiples investigaciones abiertas que afectan al entorno del partido gubernamental y a personas próximas al poder. Mucho menos lo es que las pesquisas apunten, presuntamente, a maniobras dirigidas a influir, presionar o desactivar investigaciones judiciales y policiales relacionadas con causas que afectan al propio Gobierno. Una democracia seria no puede acostumbrarse a esto. Pese a todo, se debe mantener siempre el rigor jurídico: la presunción de inocencia existe precisamente para impedir condenas anticipadas. Y hoy Pedro Sánchez no está formalmente imputado en esta causa. Eso debe afirmarse con claridad. Pero el problema ya ha superado ampliamente el terreno penal. El verdadero daño es institucional. Cuando en España se producen registros judiciales en la sede del partido que gobierna —con una legitimidad basada en pactos entre partidos—, imputaciones de altos cargos, sospechas de financiación irregular y presuntas operaciones contra jueces, fiscales o investigadores, y aun así no se produce el menor movimiento político relevante dentro del Ejecutivo, la sensación pública deja de ser la de un Gobierno sometido al control democrático y pasa a parecer la de un poder atrincherado. Y eso erosiona gravemente la confianza ciudadana. Algo chirría profundamente cuando el presidente del Gobierno no es solamente presidente: es también secretario general del partido afectado políticamente por las investigaciones. La separación entre Gobierno y estructura partidista se vuelve entonces prácticamente imposible a ojos de gran parte de la sociedad. La acumulación de poder personal y la impermeabilidad ante la crítica institucional empujan peligrosamente hacia formas de autoritarismo que deberían ser ajenas a una democracia consolidada. Pero existe otra cuestión todavía más incómoda. ¿Dónde están los socios? Los partidos que sostienen parlamentariamente al Ejecutivo llevan años presentándose como guardianes de la regeneración democrática, la ética pública y la ejemplaridad institucional. Sin embargo, ante un escenario de deterioro político creciente, optan por el silencio o por relativizar los hechos mientras continúan apuntalando al Gobierno. Es el caso, entre otros, de quienes como Gabriel Rufián aspiran simultáneamente al protagonismo en la izquierda española y a la consolidación de un proyecto independentista, obteniendo a cambio concesiones que este blog ya ha analizado en otras ocasiones. Resulta difícil no preguntarse si algunos de esos aliados están intentando simplemente maximizar ventajas políticas mientras el desgaste lo asume exclusivamente el PSOE. Porque sostener un Gobierno en circunstancias excepcionales también implica asumir responsabilidades excepcionales. El silencio cómplice también es una posición política, y la ciudadanía tiene derecho a saberlo. No basta con invocar automáticamente la presunción de inocencia cada vez que surge un nuevo escándalo. La democracia exige algo más que ausencia de condena penal. Exige responsabilidad política, transparencia y respeto institucional. Y sobre todo exige comprender que hay momentos en los que el problema ya no es si alguien terminará condenado, sino cuánto daño se está causando mientras tanto a la credibilidad del Estado. La cuestión de fondo no es únicamente qué han protagonizado estos actores políticos. La cuestión es hasta qué punto una democracia puede normalizar que el poder permanezca inmóvil mientras las instituciones judiciales y policiales investigan precisamente presuntas operaciones destinadas a proteger políticamente a ese mismo poder. Ahí es donde empieza el verdadero deterioro democrático. No en una sentencia, como sostienen algunos para eludir el debate. No en una condena. En el momento en que la excepcionalidad deja de sorprender y empieza a parecer rutina.
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Toda la corrupción es de Sánchez

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Cuando la normalidad deja de ser democrática

España atraviesa un problema que ya no es únicamente judicial, sino profundamente institucional y moral.

La entrada de la UCO en la sede nacional del PSOE en Ferraz, ordenada por un juez de la Audiencia Nacional, no constituye un episodio político más. Tampoco son propias de la normalidad las múltiples investigaciones abiertas que afectan al entorno del partido gubernamental y a personas próximas al poder. Mucho menos lo es que las pesquisas apunten, presuntamente, a maniobras dirigidas a influir, presionar o desactivar investigaciones judiciales y policiales relacionadas con causas que afectan al propio Gobierno.

Una democracia seria no puede acostumbrarse a esto.

Pese a todo, se debe mantener siempre el rigor jurídico: la presunción de inocencia existe precisamente para impedir condenas anticipadas. Y hoy Pedro Sánchez no está formalmente imputado en esta causa. Eso debe afirmarse con claridad. Pero el problema ya ha superado ampliamente el terreno penal.

El verdadero daño es institucional.

Cuando en España se producen registros judiciales en la sede del partido que gobierna —con una legitimidad basada en pactos entre partidos—, imputaciones de altos cargos, sospechas de financiación irregular y presuntas operaciones contra jueces, fiscales o investigadores, y aun así no se produce el menor movimiento político relevante dentro del Ejecutivo, la sensación pública deja de ser la de un Gobierno sometido al control democrático y pasa a parecer la de un poder atrincherado.

Y eso erosiona gravemente la confianza ciudadana.

Algo chirría profundamente cuando el presidente del Gobierno no es solamente presidente: es también secretario general del partido afectado políticamente por las investigaciones. La separación entre Gobierno y estructura partidista se vuelve entonces prácticamente imposible a ojos de gran parte de la sociedad. La acumulación de poder personal y la impermeabilidad ante la crítica institucional empujan peligrosamente hacia formas de autoritarismo que deberían ser ajenas a una democracia consolidada.

Pero existe otra cuestión todavía más incómoda.

¿Dónde están los socios?

Los partidos que sostienen parlamentariamente al Ejecutivo llevan años presentándose como guardianes de la regeneración democrática, la ética pública y la ejemplaridad institucional. Sin embargo, ante un escenario de deterioro político creciente, optan por el silencio o por relativizar los hechos mientras continúan apuntalando al Gobierno. Es el caso, entre otros, de quienes como Gabriel Rufián aspiran simultáneamente al protagonismo en la izquierda española y a la consolidación de un proyecto independentista, obteniendo a cambio concesiones que este blog ya ha analizado en otras ocasiones.

Resulta difícil no preguntarse si algunos de esos aliados están intentando simplemente maximizar ventajas políticas mientras el desgaste lo asume exclusivamente el PSOE. Porque sostener un Gobierno en circunstancias excepcionales también implica asumir responsabilidades excepcionales. El silencio cómplice también es una posición política, y la ciudadanía tiene derecho a saberlo.

No basta con invocar automáticamente la presunción de inocencia cada vez que surge un nuevo escándalo. La democracia exige algo más que ausencia de condena penal. Exige responsabilidad política, transparencia y respeto institucional.

Y sobre todo exige comprender que hay momentos en los que el problema ya no es si alguien terminará condenado, sino cuánto daño se está causando mientras tanto a la credibilidad del Estado.

La cuestión de fondo no es únicamente qué han protagonizado estos actores políticos. La cuestión es hasta qué punto una democracia puede normalizar que el poder permanezca inmóvil mientras las instituciones judiciales y policiales investigan precisamente presuntas operaciones destinadas a proteger políticamente a ese mismo poder.

Ahí es donde empieza el verdadero deterioro democrático. No en una sentencia, como sostienen algunos para eludir el debate. No en una condena. En el momento en que la excepcionalidad deja de sorprender y empieza a parecer rutina.

PORTADA DEL HERALDO DE ARAGÓN Martes, 23 de junio de 2026
Análisis
Sobre una eventual nulidad probatoria en el caso Zapatero
La reciente iniciativa procesal de la defensa del expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero, interesando del juez instructor la aclaración de las circunstancias en las que habría sido obtenido en 2021 el teléfono móvil del propietario de la aerolínea Plus Ultra (Rodolfo Reyes) por autoridades de EE.UU., merece algunas reflexiones que van más allá de la estricta dimensión técnica del procedimiento. Conviene comenzar recordando algo elemental en un Estado de Derecho: toda persona goza del derecho fundamental a la presunción de inocencia, y corresponde exclusivamente a los tribunales determinar si existe o no responsabilidad penal. Esa premisa no admite matices ni excepciones oportunistas. Pero precisamente por ello también debe afirmarse, con igual claridad, que la discusión sobre la validez procesal de una prueba no equivale automáticamente a la inexistencia material de los hechos que dicha prueba pudiera revelar. Y ahí reside, probablemente, el núcleo político y jurídico de esta cuestión. Cuando una defensa centra parte de su estrategia en cuestionar el modo de obtención de determinados elementos probatorios, lo que implícitamente se admite —al menos en el plano lógico— es la potencial relevancia y capacidad lesiva de su contenido. En otras palabras: nadie combate con intensidad una prueba inocua. La pretensión de exclusión o nulidad probatoria suele partir precisamente de la percepción de que aquello que contienen esos materiales podría resultar comprometedor. Eso no significa, naturalmente, que exista delito acreditado. Mucho menos condena. Pero sí revela algo políticamente significativo: una evidente preocupación sobre el alcance material de los hechos reflejados en esas comunicaciones o documentos. Y esa circunstancia, aun desvinculada de cualquier conclusión penal definitiva, posee indudable relevancia pública. Resulta llamativo que algunos sectores próximos al expresidente (y  muchos simpatizantes que se adhieren a ellos emotivamente y sin fundamento racional),  intenten desplazar el debate hacia la supuesta inexistencia en España de una regulación suficientemente estricta sobre las actividades posteriores al cese de los altos cargos públicos. El argumento resulta, cuando menos, artificioso. Porque incluso admitiendo hipotéticamente lagunas regulatorias o insuficiencias normativas en materia de incompatibilidades, influencia o actividad internacional de antiguos responsables políticos, ello jamás supondría una suerte de espacio inmune al Derecho. Los ex altos cargos continúan plenamente sometidos a la legalidad ordinaria como cualquier otro ciudadano, sin privilegio ni exención derivados del cargo que un día ocuparon. La ausencia de una regulación específica no convierte en lícito aquello que eventualmente pudiera encajar en tipos penales ya existentes. El Código Penal no desaparece por falta de una ley sectorial complementaria. Del mismo modo que la inexistencia de una norma concreta sobre determinadas conductas posgubernatmentales no puede operar como coartada preventiva frente a eventuales delitos de tráfico de influencias, corrupción internacional, cohecho, blanqueo o cualquier otra figura en juego, ya tipificada en el Orden Penal. Hay algo más: el recurso al vacío normativo como argumento defensivo revela, paradójicamente, una concepción puramente positivista y reduccionista de la ética pública. Como si la licitud de una conducta dependiera únicamente de que nadie hubiera tenido todavía el cuidado de prohibirla expresamente. Semejante razonamiento, trasladado a otros ámbitos, resultaría inaceptable. En el ámbito de quienes han ejercido la máxima autoridad del Estado, resulta además incompatible con las exigencias mínimas de ejemplaridad institucional que el cargo impone. Por eso sorprende que quienes defienden con mayor vehemencia la absoluta corrección de determinadas actuaciones recurran simultáneamente a justificaciones tan poco naturales como la supuesta inexistencia de regulación. Una actuación verdaderamente transparente rara vez necesita apoyarse en razonamientos de esa naturaleza. La cuestión de fondo no es, en realidad, si existía o no una regulación administrativa más detallada sobre la actividad privada posterior de un expresidente. La cuestión esencial es otra mucho más simple: si determinadas conductas fueron o no conformes a Derecho. Y precisamente por eso el debate sobre la validez de las pruebas no debería utilizarse como cortina de humo para evitar el análisis político y ético de los hechos conocidos. En democracia, la responsabilidad pública no se agota en la mera inexistencia de condena penal firme. Existen también estándares de ejemplaridad, prudencia institucional y apariencia de integridad que resultan exigibles —si cabe con mayor intensidad— a quienes han ocupado las más altas magistraturas del Estado. Porque las democracias no solo se deterioran por las condenas judiciales. También lo hacen cuando determinadas prácticas comienzan a normalizarse socialmente bajo la excusa de que "no había regulación suficiente", como si la ética pública dependiera exclusivamente de la existencia de un reglamento minucioso que especifique lo que cualquier persona con sentido común ya sabe que no debería hacerse. La sujeción a la Ley, al interés general y a unos mínimos principios de decencia institucional precede siempre a cualquier vacío normativo. Y quienes gobernaron este país deberían saberlo mejor que nadie.
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Sobre una eventual nulidad probatoria en el caso Zapatero

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La reciente iniciativa procesal de la defensa del expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero, interesando del juez instructor la aclaración de las circunstancias en las que habría sido obtenido en 2021 el teléfono móvil del propietario de la aerolínea Plus Ultra (Rodolfo Reyes) por autoridades de EE.UU., merece algunas reflexiones que van más allá de la estricta dimensión técnica del procedimiento.

Conviene comenzar recordando algo elemental en un Estado de Derecho: toda persona goza del derecho fundamental a la presunción de inocencia, y corresponde exclusivamente a los tribunales determinar si existe o no responsabilidad penal. Esa premisa no admite matices ni excepciones oportunistas. Pero precisamente por ello también debe afirmarse, con igual claridad, que la discusión sobre la validez procesal de una prueba no equivale automáticamente a la inexistencia material de los hechos que dicha prueba pudiera revelar.

Y ahí reside, probablemente, el núcleo político y jurídico de esta cuestión.

Cuando una defensa centra parte de su estrategia en cuestionar el modo de obtención de determinados elementos probatorios, lo que implícitamente se admite —al menos en el plano lógico— es la potencial relevancia y capacidad lesiva de su contenido. En otras palabras: nadie combate con intensidad una prueba inocua. La pretensión de exclusión o nulidad probatoria suele partir precisamente de la percepción de que aquello que contienen esos materiales podría resultar comprometedor.

Eso no significa, naturalmente, que exista delito acreditado. Mucho menos condena. Pero sí revela algo políticamente significativo: una evidente preocupación sobre el alcance material de los hechos reflejados en esas comunicaciones o documentos. Y esa circunstancia, aun desvinculada de cualquier conclusión penal definitiva, posee indudable relevancia pública.

Resulta llamativo que algunos sectores próximos al expresidente (y  muchos simpatizantes que se adhieren a ellos emotivamente y sin fundamento racional),  intenten desplazar el debate hacia la supuesta inexistencia en España de una regulación suficientemente estricta sobre las actividades posteriores al cese de los altos cargos públicos. El argumento resulta, cuando menos, artificioso.

Porque incluso admitiendo hipotéticamente lagunas regulatorias o insuficiencias normativas en materia de incompatibilidades, influencia o actividad internacional de antiguos responsables políticos, ello jamás supondría una suerte de espacio inmune al Derecho. Los ex altos cargos continúan plenamente sometidos a la legalidad ordinaria como cualquier otro ciudadano, sin privilegio ni exención derivados del cargo que un día ocuparon.

La ausencia de una regulación específica no convierte en lícito aquello que eventualmente pudiera encajar en tipos penales ya existentes. El Código Penal no desaparece por falta de una ley sectorial complementaria. Del mismo modo que la inexistencia de una norma concreta sobre determinadas conductas posgubernatmentales no puede operar como coartada preventiva frente a eventuales delitos de tráfico de influencias, corrupción internacional, cohecho, blanqueo o cualquier otra figura en juego, ya tipificada en el Orden Penal.

Hay algo más: el recurso al vacío normativo como argumento defensivo revela, paradójicamente, una concepción puramente positivista y reduccionista de la ética pública. Como si la licitud de una conducta dependiera únicamente de que nadie hubiera tenido todavía el cuidado de prohibirla expresamente. Semejante razonamiento, trasladado a otros ámbitos, resultaría inaceptable. En el ámbito de quienes han ejercido la máxima autoridad del Estado, resulta además incompatible con las exigencias mínimas de ejemplaridad institucional que el cargo impone.

Por eso sorprende que quienes defienden con mayor vehemencia la absoluta corrección de determinadas actuaciones recurran simultáneamente a justificaciones tan poco naturales como la supuesta inexistencia de regulación. Una actuación verdaderamente transparente rara vez necesita apoyarse en razonamientos de esa naturaleza.

La cuestión de fondo no es, en realidad, si existía o no una regulación administrativa más detallada sobre la actividad privada posterior de un expresidente. La cuestión esencial es otra mucho más simple: si determinadas conductas fueron o no conformes a Derecho.

Y precisamente por eso el debate sobre la validez de las pruebas no debería utilizarse como cortina de humo para evitar el análisis político y ético de los hechos conocidos. En democracia, la responsabilidad pública no se agota en la mera inexistencia de condena penal firme. Existen también estándares de ejemplaridad, prudencia institucional y apariencia de integridad que resultan exigibles —si cabe con mayor intensidad— a quienes han ocupado las más altas magistraturas del Estado.

Porque las democracias no solo se deterioran por las condenas judiciales. También lo hacen cuando determinadas prácticas comienzan a normalizarse socialmente bajo la excusa de que "no había regulación suficiente", como si la ética pública dependiera exclusivamente de la existencia de un reglamento minucioso que especifique lo que cualquier persona con sentido común ya sabe que no debería hacerse.

La sujeción a la Ley, al interés general y a unos mínimos principios de decencia institucional precede siempre a cualquier vacío normativo. Y quienes gobernaron este país deberían saberlo mejor que nadie.

PORTADA DE LA VOZ DE GALICIA Martes, 23 de junio de 2026
Análisis
Irán bloquea Ormuz con minas y estrangula el tránsito del petróleo
El factor del "Farol" y la Realidad El Estrecho de Ormuz es el mejor aliado de Irán. Impedir la navegación es como cerrar con llave la despensa del mundo. Solo con insinuar que van a minarlo, las bolsas cambian al rojo. Sin que estalle una sola mina, el precio del barril llega a las nubes; sólo con la subida de las primas de seguro de los barcos se encarecen los costes. Eso es inflación instantánea y global. 2. ¿Hay Plan B?  Mucha gente se pregunta: "¿Y no pueden dar la vuelta por otro lado?". La respuesta  es no. Porque mover esa cantidad de petróleo por tierra o por oleoductos no es aceptable por caro y lento. Ormuz es un embudo de tan solo 33 kilómetros en su punto más estrecho; fácil de bloquear y no hay "atajo" posible para trasladar ese  20-30%  del crudo necesario en el mundo. (Dicho sea con permiso de los ecologistas creyentes al estilo ayatolá). 3. El papel de los "actores secundarios" No es posible olvidar a otros actores, China por ejemplo. China, compra el 80 % del petróleo que pasa por Ormuz. Si Irán cierra el paso, también fastidia a su mejor cliente. Esto convierte el conflicto en algo demasiado enrevesado y de difícil pronóstico. Lo que está claro es que los ciudadanos verán aumentar sus gastos en todo el mundo. En resumen: Es absurdo hablar de hostilidad o defensa, como falazmente se usa por al gunos gobiernos para esconder la cabeza: hay algo cristalino y claro para cualquiera, y es que Ormuz es lo que nos da la medidad de la estabilidad mundial. Si en Ormuz se siembran minas (sube la fiebre), el resto del mundo empieza a estornudar.
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Irán bloquea Ormuz con minas y estrangula el tránsito del petróleo

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El factor del "Farol" y la Realidad

El Estrecho de Ormuz es el mejor aliado de Irán. Impedir la navegación es como cerrar con llave la despensa del mundo. Solo con insinuar que van a minarlo, las bolsas cambian al rojo. Sin que estalle una sola mina, el precio del barril llega a las nubes; sólo con la subida de las primas de seguro de los barcos se encarecen los costes. Eso es inflación instantánea y global.

2. ¿Hay Plan B? 

Mucha gente se pregunta: "¿Y no pueden dar la vuelta por otro lado?". La respuesta  es no. Porque mover esa cantidad de petróleo por tierra o por oleoductos no es aceptable por caro y lento. Ormuz es un embudo de tan solo 33 kilómetros en su punto más estrecho; fácil de bloquear y no hay "atajo" posible para trasladar ese  20-30%  del crudo necesario en el mundo. (Dicho sea con permiso de los ecologistas creyentes al estilo ayatolá).

3. El papel de los "actores secundarios"

No es posible olvidar a otros actores, China por ejemplo. China, compra el 80 % del petróleo que pasa por Ormuz. Si Irán cierra el paso, también fastidia a su mejor cliente. Esto convierte el conflicto en algo demasiado enrevesado y de difícil pronóstico. Lo que está claro es que los ciudadanos verán aumentar sus gastos en todo el mundo.


En resumen: Es absurdo hablar de hostilidad o defensa, como falazmente se usa por al gunos gobiernos para esconder la cabeza: hay algo cristalino y claro para cualquiera, y es que Ormuz es lo que nos da la medidad de la estabilidad mundial. Si en Ormuz se siembran minas (sube la fiebre), el resto del mundo empieza a estornudar.

PORTADA DE EL DIARIO DE SEVILLA Martes, 23 de junio de 2026
Análisis
Peinado procesa a Begoña Gómez
¿Qué está pasando realmente en el juzgado? En muchos titulares de estos días se afirma que el juez ha procesado a Begoña Gómez. Sin embargo, en Derecho Penal las palabras no son intercambiables y cada fase del procedimiento tiene un significado preciso. Comprender qué ha ocurrido realmente exige explicar, paso a paso, cómo funciona un procedimiento penal. La instrucción no es el juicio La fase de instrucción es una etapa de investigación. Su finalidad no es declarar culpable a nadie, sino averiguar si existen indicios suficientes de delito. Puede compararse con el trabajo de un investigador que reúne piezas para comprobar si el puzzle tiene sentido. Durante esta fase: Se practican diligencias (declaraciones, informes periciales, aportación de documentos). Se valora si existen indicios racionales de delito. La presunción de inocencia permanece intacta. El juez instructor no juzga ni condena. Solo decide si el asunto debe continuar o archivarse. El llamado "Auto de Transformación" Lo que se ha dictado en este caso es, técnicamente, un Auto de Transformación del Procedimiento Abreviado. Este auto significa: Que el juez considera concluida la investigación. Que existen indicios suficientes para continuar el procedimiento. Que corresponde ahora a las partes decidir si formulan acusación. No equivale a condena, ni siquiera a juicio. Es simplemente el final de la fase de investigación. Podría explicarse gráficamente así: Semáforo verde: archivo (no hay indicios). Semáforo ámbar: auto de transformación (hay indicios y se continúa). Semáforo rojo: juicio (decisión final). El juez no acusa: lo hacen las acusaciones Tras el auto de transformación, el juez remite las actuaciones al Ministerio Fiscal y, en su caso, a las acusaciones personadas. Estas partes deben decidir entre: Solicitar el archivo, si consideran que no hay base suficiente. Presentar escrito de acusación, si entienden que procede continuar. Sin un escrito formal de acusación, no puede abrirse juicio. Este punto es esencial y frecuentemente mal explicado en los medios. El siguiente paso: archivo o apertura de juicio oral Una vez presentados los escritos de las partes, el juez debe adoptar una de estas decisiones: Auto de sobreseimiento (archivo)Si no existen acusaciones o si estas no se sostienen jurídicamente. Auto de apertura de juicio oralSi existe acusación formal. En caso de apertura del juicio oral, el asunto se remite al órgano competente para juzgar —en este caso la Audiencia Provincial—. La intervención de jurado popular dependerá exclusivamente del tipo concreto de delito imputado. La realidad procesal frente a la percepción pública La confusión habitual surge cuando se utilizan términos jurídicos con significados imprecisos o simplificados. Decir que alguien ha sido “procesado” o “acusado” cuando solo se ha dictado un auto de transformación puede generar una percepción errónea de la situación real. En este momento procesal: No hay condena. No hay juicio abierto todavía. No existe responsabilidad penal declarada. Solo existe una investigación terminada y pendiente de que las partes decidan si acusan. Sobre los comentarios políticos y la independencia judicial Las manifestaciones públicas de responsables políticos sobre decisiones judiciales deben analizarse desde la perspectiva de la prudencia institucional. Ello no obsta para afirmar que: La independencia judicial exige respeto a las resoluciones judiciales, aunque puedan ser criticadas jurídicamente. La crítica política es legítima dentro de los límites del respeto institucional. Las eventuales responsabilidades políticas —si existieran— son distintas y separadas de cualquier responsabilidad penal. A día de hoy, cualquier valoración sobre responsabilidades penales futuras sería prematura sin la existencia de acusación formal y sin juicio. Conclusión Lo ocurrido no es una condena ni un juicio. Es, simplemente, el cierre de una investigación y el inicio de una nueva fase procesal. Comprender esta diferencia es fundamental para interpretar correctamente los titulares y comentarios de todos los colores y evitar conclusiones precipitadas formación de ideas ilógicas y falsas. En Derecho Penal, el momento procesal lo es todo.
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Peinado procesa a Begoña Gómez

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¿Qué está pasando realmente en el juzgado?

En muchos titulares de estos días se afirma que el juez ha procesado a Begoña Gómez. Sin embargo, en Derecho Penal las palabras no son intercambiables y cada fase del procedimiento tiene un significado preciso.

Comprender qué ha ocurrido realmente exige explicar, paso a paso, cómo funciona un procedimiento penal.


La instrucción no es el juicio

La fase de instrucción es una etapa de investigación.

Su finalidad no es declarar culpable a nadie, sino averiguar si existen indicios suficientes de delito. Puede compararse con el trabajo de un investigador que reúne piezas para comprobar si el puzzle tiene sentido.

Durante esta fase:

  • Se practican diligencias (declaraciones, informes periciales, aportación de documentos).
  • Se valora si existen indicios racionales de delito.
  • La presunción de inocencia permanece intacta.

El juez instructor no juzga ni condena. Solo decide si el asunto debe continuar o archivarse.

El llamado "Auto de Transformación"

Lo que se ha dictado en este caso es, técnicamente, un Auto de Transformación del Procedimiento Abreviado.

Este auto significa:

  • Que el juez considera concluida la investigación.
  • Que existen indicios suficientes para continuar el procedimiento.
  • Que corresponde ahora a las partes decidir si formulan acusación.

No equivale a condena, ni siquiera a juicio. Es simplemente el final de la fase de investigación.

Podría explicarse gráficamente así:

  • Semáforo verde: archivo (no hay indicios).
  • Semáforo ámbar: auto de transformación (hay indicios y se continúa).
  • Semáforo rojo: juicio (decisión final).

El juez no acusa: lo hacen las acusaciones

Tras el auto de transformación, el juez remite las actuaciones al Ministerio Fiscal y, en su caso, a las acusaciones personadas.

Estas partes deben decidir entre:

  1. Solicitar el archivo, si consideran que no hay base suficiente.
  2. Presentar escrito de acusación, si entienden que procede continuar.

Sin un escrito formal de acusación, no puede abrirse juicio.

Este punto es esencial y frecuentemente mal explicado en los medios.

El siguiente paso: archivo o apertura de juicio oral

Una vez presentados los escritos de las partes, el juez debe adoptar una de estas decisiones:

  • Auto de sobreseimiento (archivo)
    Si no existen acusaciones o si estas no se sostienen jurídicamente.
  • Auto de apertura de juicio oral
    Si existe acusación formal.

En caso de apertura del juicio oral, el asunto se remite al órgano competente para juzgar —en este caso la Audiencia Provincial—.

La intervención de jurado popular dependerá exclusivamente del tipo concreto de delito imputado.

La realidad procesal frente a la percepción pública

La confusión habitual surge cuando se utilizan términos jurídicos con significados imprecisos o simplificados.

Decir que alguien ha sido “procesado” o “acusado” cuando solo se ha dictado un auto de transformación puede generar una percepción errónea de la situación real.

En este momento procesal:

  • No hay condena.
  • No hay juicio abierto todavía.
  • No existe responsabilidad penal declarada.

Solo existe una investigación terminada y pendiente de que las partes decidan si acusan.

Sobre los comentarios políticos y la independencia judicial

Las manifestaciones públicas de responsables políticos sobre decisiones judiciales deben analizarse desde la perspectiva de la prudencia institucional.

Ello no obsta para afirmar que:

  • La independencia judicial exige respeto a las resoluciones judiciales, aunque puedan ser criticadas jurídicamente.
  • La crítica política es legítima dentro de los límites del respeto institucional.
  • Las eventuales responsabilidades políticas —si existieran— son distintas y separadas de cualquier responsabilidad penal.

A día de hoy, cualquier valoración sobre responsabilidades penales futuras sería prematura sin la existencia de acusación formal y sin juicio.

Conclusión

Lo ocurrido no es una condena ni un juicio. Es, simplemente, el cierre de una investigación y el inicio de una nueva fase procesal.

Comprender esta diferencia es fundamental para interpretar correctamente los titulares y comentarios de todos los colores y evitar conclusiones precipitadas formación de ideas ilógicas y falsas.

En Derecho Penal, el momento procesal lo es todo.

PORTADA DE EL PERIÓDICO Martes, 23 de junio de 2026
Análisis
Estados Unidos baraja un gran golpe final en Irán si fracasan las negociaciones
El conflicto actual se desencadenó el pasado 28 de febrero, tras un ataque coordinado entre Israel y Estados Unidos contra objetivos estratégicos en Irán, centrados en instalaciones militares, bases de lanzamiento de misiles e infraestructura gubernamental clave. La respuesta de Teherán fue inmediata, ejecutando ataques directos contra Israel y bases estadounidenses en el Golfo, además de ejercer presión sobre las rutas energéticas globales. Tras cinco semanas sin perspectivas de alto el fuego, el balance humano en Irán supera los 1.900 fallecidos y 20.000 heridos, sumado a una degradación significativa de sus capacidades militares y energéticas. Aunque el enfrentamiento mantiene una apariencia bilateral, Irán proyecta su poder a través de su "Eje de Resistencia": Hizbulá (Líbano), los hutíes (Yemen) y diversas milicias chiíes en Irak. La regionalización total del conflicto —más allá del impacto económico global ya existente— dependerá de un cambio de postura en actores clave como Arabia Saudí, Emiratos Árabes Unidos, Qatar, Omán, Jordania, Irak y Turquía. En esencia, la contienda se disputa en tres frentes: el control del programa nuclear iraní, la seguridad de los flujos energéticos en el Golfo y, en última instancia, la hegemonía regional. Mientras Irán utiliza a sus aliados externos para equilibrar la balanza, Israel impone su superioridad tecnológica y militar. Escenarios posibles Escenario más probable: Continuidad de los ataques intermitentes y selectivos. Se evita una invasión terrestre a gran escala mientras se mantienen canales de negociación indirecta. Escenario de riesgo (menos probable): Involucración total de Hizbulá, intervención de Arabia Saudí y bloqueo del Estrecho de Ormuz. Esto supondría una regionalización inmediata con consecuencias críticas para la seguridad y la economía mundial. Escenario optimista (muy improbable): Un acuerdo rápido de alto el fuego condicionado a que Irán ofrezca garantías verificables de abandono de su plan nuclear y renuncie al control estratégico del Golfo. Conclusión: La resolución o escalada del conflicto reside, fundamentalmente, en la gestión de los actores intermedios y su capacidad para contener o expandir el radio de las hostilidades.
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Estados Unidos baraja un gran golpe final en Irán si fracasan las negociaciones

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El conflicto actual se desencadenó el pasado 28 de febrero, tras un ataque coordinado entre Israel y Estados Unidos contra objetivos estratégicos en Irán, centrados en instalaciones militares, bases de lanzamiento de misiles e infraestructura gubernamental clave. La respuesta de Teherán fue inmediata, ejecutando ataques directos contra Israel y bases estadounidenses en el Golfo, además de ejercer presión sobre las rutas energéticas globales. Tras cinco semanas sin perspectivas de alto el fuego, el balance humano en Irán supera los 1.900 fallecidos y 20.000 heridos, sumado a una degradación significativa de sus capacidades militares y energéticas.

Aunque el enfrentamiento mantiene una apariencia bilateral, Irán proyecta su poder a través de su "Eje de Resistencia": Hizbulá (Líbano), los hutíes (Yemen) y diversas milicias chiíes en Irak. La regionalización total del conflicto —más allá del impacto económico global ya existente— dependerá de un cambio de postura en actores clave como Arabia Saudí, Emiratos Árabes Unidos, Qatar, Omán, Jordania, Irak y Turquía.

En esencia, la contienda se disputa en tres frentes: el control del programa nuclear iraní, la seguridad de los flujos energéticos en el Golfo y, en última instancia, la hegemonía regional. Mientras Irán utiliza a sus aliados externos para equilibrar la balanza, Israel impone su superioridad tecnológica y militar.

Escenarios posibles

  • Escenario más probable: Continuidad de los ataques intermitentes y selectivos. Se evita una invasión terrestre a gran escala mientras se mantienen canales de negociación indirecta.

  • Escenario de riesgo (menos probable): Involucración total de Hizbulá, intervención de Arabia Saudí y bloqueo del Estrecho de Ormuz. Esto supondría una regionalización inmediata con consecuencias críticas para la seguridad y la economía mundial.

  • Escenario optimista (muy improbable): Un acuerdo rápido de alto el fuego condicionado a que Irán ofrezca garantías verificables de abandono de su plan nuclear y renuncie al control estratégico del Golfo.

Conclusión: La resolución o escalada del conflicto reside, fundamentalmente, en la gestión de los actores intermedios y su capacidad para contener o expandir el radio de las hostilidades.

PORTADA DEL PAÍS Martes, 23 de junio de 2026
Análisis
Sánchez pasa al contraataque en plena parálisis política
Cuando el Gobierno desacredita las instituciones que gobierna Hay una paradoja incómoda en el centro del debate político español que merece ser nombrada con claridad. Cuando ministros o portavoces del Gobierno sugieren que jueces, fiscales o policías actúan coordinadamente contra ellos, están lanzando una acusación de enorme gravedad. Y esa acusación, sea verdad o mentira, produce el mismo daño institucional. Si es verdad, España tiene un problema gravísimo de Estado: sus propias instituciones de control estarían siendo utilizadas como arma política. Si es mentira —o simple especulación sin pruebas— el problema es igualmente serio: el propio Ejecutivo estaría destruyendo la credibilidad de las instituciones que representa. En los dos casos, el resultado es el mismo: ciudadanos que dejan de confiar en que algo funciona con neutralidad. Esto no es un fenómeno exclusivo de la izquierda ni de la derecha. La espiral de "judicializar la política y politizar la justicia" lleva años siendo alimentada desde todos los flancos. Pero tiene especial gravedad cuando lo hace el Gobierno, porque el Gobierno no es un partido como los demás: es el Estado mismo actuando. La etiqueta "lawfare" —persecución judicial con fines políticos— puede describir una realidad. La historia tiene ejemplos. Pero precisamente por eso exige pruebas, rigor y prudencia. Cuando se convierte en respuesta automática a cualquier investigación incómoda, deja de ser una denuncia y pasa a ser un escudo. El deterioro de la confianza pública es acumulativo. Cada vez que una resolución judicial se lee en clave de partido en lugar de en clave jurídica, cada vez que la información se consume emocionalmente en lugar de analizarse, el poso es siempre el mismo: la convicción de que todo está podrido y nada es neutral. Las democracias pueden sobrevivir a escándalos, a gobiernos fallidos, incluso a episodios de corrupción. Lo que difícilmente sobreviven es la convicción colectiva de que todas las instituciones son instrumentos de facción. Ese es hoy el verdadero riesgo. Y conviene decirlo sin rodeos. Existe además un elemento particularmente inquietante en el momento político actual: la progresiva normalización de la sospecha institucional como instrumento ordinario de supervivencia política. Durante décadas, las democracias occidentales funcionaron sobre una premisa tácita pero esencial: las instituciones podían cometer errores, sufrir desviaciones o verse afectadas por sesgos humanos, pero conservaban una legitimidad estructural básica que ningún actor político relevante debía erosionar irresponsablemente. Hoy esa lógica parece invertirse. La sospecha permanente se ha convertido en un recurso político cotidiano. Y ello produce un fenómeno extremadamente corrosivo: la legitimidad condicionada. Las instituciones dejan de ser percibidas como estructuras neutrales sometidas al Derecho y pasan a valorarse exclusivamente en función de si benefician o perjudican al propio bloque ideológico. Si una resolución judicial favorece la propia posición política, se exalta la independencia judicial; si la perjudica, se denuncia una conspiración. Si una investigación afecta al adversario, se invoca el Estado de Derecho; si afecta al propio entorno, se habla de “lawfare”, persecución o manipulación. La consecuencia acumulativa de esta dinámica es devastadora: el ciudadano termina interiorizando que no existen ya reglas compartidas, sino únicamente facciones enfrentadas utilizando instituciones como instrumentos de combate. Ese deterioro es especialmente delicado cuando quienes alimentan tales afirmaciones ocupan responsabilidades de Gobierno. Porque no existe simetría institucional entre un comentarista, un militante o un dirigente partidista y un ministro del Ejecutivo. Cuanto mayor es la posición institucional, mayor debería ser la prudencia retórica y mayor el deber de preservar la credibilidad de las estructuras del Estado. En este contexto cobra especial relevancia el uso creciente del concepto “lawfare”. El término describe, en origen, la eventual utilización abusiva de mecanismos judiciales con fines de neutralización política. Y conviene reconocer algo importante: históricamente, las instrumentalizaciones judiciales han existido y ningún sistema democrático es inmune a ellas. Pero precisamente por la gravedad de esa hipótesis, banalizar el concepto termina siendo profundamente irresponsable. Si toda investigación incómoda pasa automáticamente a calificarse como persecución política, el término pierde capacidad para identificar auténticos abusos y se transforma simplemente en un mecanismo discursivo de autodefensa del poder. La paradoja contemporánea es aún más compleja: parte del poder político adopta hoy discursos antisistema mientras continúa ejerciendo plenamente el poder institucional. El Gobierno se presenta simultáneamente como autoridad del Estado y como víctima de ese mismo Estado; administra las instituciones mientras cuestiona su neutralidad; ejerce el poder mientras sostiene que estructuras ocultas intentan impedirle gobernar. Esa dualidad introduce un factor de enorme confusión democrática.    
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Sánchez pasa al contraataque en plena parálisis política

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Cuando el Gobierno desacredita las instituciones que gobierna

Hay una paradoja incómoda en el centro del debate político español que merece ser nombrada con claridad.

Cuando ministros o portavoces del Gobierno sugieren que jueces, fiscales o policías actúan coordinadamente contra ellos, están lanzando una acusación de enorme gravedad. Y esa acusación, sea verdad o mentira, produce el mismo daño institucional.

Si es verdad, España tiene un problema gravísimo de Estado: sus propias instituciones de control estarían siendo utilizadas como arma política. Si es mentira —o simple especulación sin pruebas— el problema es igualmente serio: el propio Ejecutivo estaría destruyendo la credibilidad de las instituciones que representa.

En los dos casos, el resultado es el mismo: ciudadanos que dejan de confiar en que algo funciona con neutralidad.

Esto no es un fenómeno exclusivo de la izquierda ni de la derecha. La espiral de "judicializar la política y politizar la justicia" lleva años siendo alimentada desde todos los flancos. Pero tiene especial gravedad cuando lo hace el Gobierno, porque el Gobierno no es un partido como los demás: es el Estado mismo actuando.

La etiqueta "lawfare" —persecución judicial con fines políticos— puede describir una realidad. La historia tiene ejemplos. Pero precisamente por eso exige pruebas, rigor y prudencia. Cuando se convierte en respuesta automática a cualquier investigación incómoda, deja de ser una denuncia y pasa a ser un escudo.

El deterioro de la confianza pública es acumulativo. Cada vez que una resolución judicial se lee en clave de partido en lugar de en clave jurídica, cada vez que la información se consume emocionalmente en lugar de analizarse, el poso es siempre el mismo: la convicción de que todo está podrido y nada es neutral.

Las democracias pueden sobrevivir a escándalos, a gobiernos fallidos, incluso a episodios de corrupción. Lo que difícilmente sobreviven es la convicción colectiva de que todas las instituciones son instrumentos de facción.

Ese es hoy el verdadero riesgo. Y conviene decirlo sin rodeos.

Existe además un elemento particularmente inquietante en el momento político actual: la progresiva normalización de la sospecha institucional como instrumento ordinario de supervivencia política.

Durante décadas, las democracias occidentales funcionaron sobre una premisa tácita pero esencial: las instituciones podían cometer errores, sufrir desviaciones o verse afectadas por sesgos humanos, pero conservaban una legitimidad estructural básica que ningún actor político relevante debía erosionar irresponsablemente. Hoy esa lógica parece invertirse. La sospecha permanente se ha convertido en un recurso político cotidiano.

Y ello produce un fenómeno extremadamente corrosivo: la legitimidad condicionada.

Las instituciones dejan de ser percibidas como estructuras neutrales sometidas al Derecho y pasan a valorarse exclusivamente en función de si benefician o perjudican al propio bloque ideológico. Si una resolución judicial favorece la propia posición política, se exalta la independencia judicial; si la perjudica, se denuncia una conspiración. Si una investigación afecta al adversario, se invoca el Estado de Derecho; si afecta al propio entorno, se habla de “lawfare”, persecución o manipulación.

La consecuencia acumulativa de esta dinámica es devastadora: el ciudadano termina interiorizando que no existen ya reglas compartidas, sino únicamente facciones enfrentadas utilizando instituciones como instrumentos de combate.

Ese deterioro es especialmente delicado cuando quienes alimentan tales afirmaciones ocupan responsabilidades de Gobierno. Porque no existe simetría institucional entre un comentarista, un militante o un dirigente partidista y un ministro del Ejecutivo. Cuanto mayor es la posición institucional, mayor debería ser la prudencia retórica y mayor el deber de preservar la credibilidad de las estructuras del Estado.

En este contexto cobra especial relevancia el uso creciente del concepto “lawfare”. El término describe, en origen, la eventual utilización abusiva de mecanismos judiciales con fines de neutralización política. Y conviene reconocer algo importante: históricamente, las instrumentalizaciones judiciales han existido y ningún sistema democrático es inmune a ellas.

Pero precisamente por la gravedad de esa hipótesis, banalizar el concepto termina siendo profundamente irresponsable. Si toda investigación incómoda pasa automáticamente a calificarse como persecución política, el término pierde capacidad para identificar auténticos abusos y se transforma simplemente en un mecanismo discursivo de autodefensa del poder.

La paradoja contemporánea es aún más compleja: parte del poder político adopta hoy discursos antisistema mientras continúa ejerciendo plenamente el poder institucional. El Gobierno se presenta simultáneamente como autoridad del Estado y como víctima de ese mismo Estado; administra las instituciones mientras cuestiona su neutralidad; ejerce el poder mientras sostiene que estructuras ocultas intentan impedirle gobernar.

Esa dualidad introduce un factor de enorme confusión democrática.

 

 

PORTADA DE HOY Martes, 23 de junio de 2026
Análisis
EE.UU. e Irán negocian ya la segunda ronda de negociaciones sobre la paz
Negociaciones sobre paz y el riesgo en el Líbano Existe riesgo potencial de guerra civil en el Líbano, pero no es inevitable. Su materialización depende de dos factores esenciales: el equlibrio de las fuerzas internas y de la presión bélica externa. La parte positiva es el recuerdo del antecedente bélico previo, que explica por qué los actortes actuales no están por la labor de que se repita una nueva Guerra Civil. Factores que aumentan el riesgo Cualquier intento de desarmar el ejército de Hezbolá por la fuerza. Enfrentamiento entre comunidades religiosas: si una comunidad impone una decision a favor de una guerra, puede surgir un enfrentamiento interno de alto riesgo. El apoyo de Irán a Hezbolá y la confrontación con Israel convierten al territorio libanés en un escenario de presión regional. La persistencia prolongada del conflicto con Israel. El deterioro económico del país que reduce la capacidad del Estado para sostener servicios básicos y aumenta la conflictividad social. Factores que reducen el riesgo La experiencia de la Guerra Civil Libanesa anterior tiene un alto nivel disuasivo para evitar una nueva guerra interna. Ninguno de los dos actores políticos poseen fuerza suficiente para imponerse sin sufrir graves consecuencias. La intervención de algunos Estados occidentales. Posibilidades a corto y medio plazo 1 — Tensión controlada (más probable) Continuación de incidentes y ataques limitados. Mantenimiento del equilibrio interno. Alto nivel de inestabilidad, pero sin guerra civil abierta. 2 — Escalada regional con impacto interno (riesgo intermedio) Intensificación del conflicto con Israel. Desplazamientos internos de población. Posibles enfrentamientos localizados entre facciones. 3 — Guerra civil abierta (menos probable, pero posible)Requeriría una combinación de factores extremos, como: Intento de desarme interno por la fuerza. Ruptura del sistema político confesional. Colapso total del Estado.   Conclusión Existe un riesgo real pero contenido de guerra civil en Líbano. Existe un equilibrio frágil entre facciones y con tesiones externas.El desenlace dependerá menos de decisiones aisladas del gobierno libanés y más de la interacción entre factores internos, presiones externas y evolución del conflicto en su entorno geopolítico inmediato.
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EE.UU. e Irán negocian ya la segunda ronda de negociaciones sobre la paz

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Negociaciones sobre paz y el riesgo en el Líbano

Existe riesgo potencial de guerra civil en el Líbano, pero no es inevitable. Su materialización depende de dos factores esenciales: el equlibrio de las fuerzas internas y de la presión bélica externa. La parte positiva es el recuerdo del antecedente bélico previo, que explica por qué los actortes actuales no están por la labor de que se repita una nueva Guerra Civil.

Factores que aumentan el riesgo

  • Cualquier intento de desarmar el ejército de Hezbolá por la fuerza.
  • Enfrentamiento entre comunidades religiosas: si una comunidad impone una decision a favor de una guerra, puede surgir un enfrentamiento interno de alto riesgo.
  • El apoyo de Irán a Hezbolá y la confrontación con Israel convierten al territorio libanés en un escenario de presión regional.
  • La persistencia prolongada del conflicto con Israel.
  • El deterioro económico del país que reduce la capacidad del Estado para sostener servicios básicos y aumenta la conflictividad social.

Factores que reducen el riesgo

La experiencia de la Guerra Civil Libanesa anterior tiene un alto nivel disuasivo para evitar una nueva guerra interna.

Ninguno de los dos actores políticos poseen fuerza suficiente para imponerse sin sufrir graves consecuencias.

La intervención de algunos Estados occidentales.

Posibilidades a corto y medio plazo

1 — Tensión controlada (más probable)

  • Continuación de incidentes y ataques limitados.
  • Mantenimiento del equilibrio interno.
  • Alto nivel de inestabilidad, pero sin guerra civil abierta.

2 — Escalada regional con impacto interno (riesgo intermedio)

  • Intensificación del conflicto con Israel.
  • Desplazamientos internos de población.
  • Posibles enfrentamientos localizados entre facciones.

3 — Guerra civil abierta (menos probable, pero posible)
Requeriría una combinación de factores extremos, como:

  • Intento de desarme interno por la fuerza.
  • Ruptura del sistema político confesional.
  • Colapso total del Estado.

 

Conclusión

Existe un riesgo real pero contenido de guerra civil en Líbano. Existe un equilibrio frágil entre facciones y con tesiones externas.El desenlace dependerá menos de decisiones aisladas del gobierno libanés y más de la interacción entre factores internos, presiones externas y evolución del conflicto en su entorno geopolítico inmediato.

OPINION

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